18-12-2015
Nueva normativa: acreditación nacional de los servicios de prevención
Esta normativa se ha publicado como aclaración de la normativa de unidad de mercado, mediante la aprobación de vigor dos nuevos reales decretos en los que se establece que los servicios de prevención ajenos solo deben solicitar la acreditación para actuar en una sola comunidad autónoma, para poder actuar en todo el territorio nacional.
El pasado mes de octubre el legislador publicó en el BOE dos nuevos reales decretos en los que clarifica que, en base a las normativas anteriormente aprobadas sobre unidad de mercado en España, las acreditaciones de los servicios de prevención ajenos no se limitan a las comunidades autónomas en las que dicho servicio de prevención haya entregado la documentación de acreditación. Así pues Ergasia Seguretat dispone desde este mes de octubre de acreditación para actuar como servicio de prevención ajeno en todo el territorio nacional, sin necesidad de realización de ningún trámite adicional. La propia Autoridad Laboral ha confirmado este punto, y nos ha indicado que actualizarán las bases de datos sobre acreditación (web de la Generalitat de Catalunya, SERPA del Ministerio de Ocupación y Seguridad Social) en breve.
Consideramos que esta nueva normativa facilitará las actuaciones de Ergasia hacia nuestros clientes, al haber eliminado algunos de los trámites administrativos que necesitábamos realizar hasta la fecha para facilitar el servicio